INSTRUCCIONES PARA LA COLEGIACIÓN DE SOCIEDADES PROFESIONALES
A partir del 1 de junio de 2008 es necesario registrar las sociedades profesionales para poder realizar el ejercicio de la profesión de Aparejador y/o Arquitecto Técnico, está regulado mediante el "Reglamento de registro colegial de Sociedades Profesionales" (click para ver). Para inscribir a la sociedad debe rellenar el siguiente impreso: